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COMUNICÁNDONOS DESDE EL ISFD N° 16
Blog de directora
//08 de Junio, 2012

RAI ( Reglamento Académico Institucional)

por directora a las 12:29, en General

REGIMEN ACADEMICO INSTITUCIONAL

 

 

Es  el instrumento institucional que acompaña y sostiene el recorrido académico de los estudiantes-. Establece aspectos definidos institucionalmente e  incorpora  especificaciones y particularidades

 

Dicho instrumento aporta mayor dinamismo, autonomía y pertinencia señalando nuevos recorridos y formatos propios de un nivel superior, y define las  responsabilidades del instituto como sistema formador, de los docentes y estudiantes.

El Plan de Evaluación Institucional se enmarca en el Régimen Académico Marco Jurisdiccional Nº 4043/09 y la comunicación Nº 32/10.

 

El Régimen Académico Institucional incorpora  los siguientes componentes:

A) Ingreso

B) Trayectoria Formativa

C) Permanencia y Promoción

 

INGRESO

 

El proceso formativo de los/as estudiantes de Educación Superior, comienza con su ingreso[1] a la institución y se extiende durante el primer año de estudio  a través de  una serie de estrategias que implica el acompañamiento de los estudiante durante el mismo.

Las condiciones de ingreso contemplan:

  • Ingreso directo
  • Estudios secundarios completos al 31de mayo
  • Asistencia a Curso Inicial
  • Inscripción por materia, definiendo situación de cursada (presencial o libre)

 

 

PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

Se refiere a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el nivel.

 

                    

 

Permanencia

Es condición para la permanencia como estudiante regular:

·   acreditar al menos 1 (una) Unidad Curricular por año calendario.

·   Renovar su inscripción como estudiante anualmente por unidad curricular

·   Cumplir con el porcentaje de asistencia requeridos en las cursadas según régimen adoptado.

 

 

Promoción

 

§        La promoción se realizará por cada unidad curricular (materia, Espacio de Definición Institucional, Práctica docente y profesional, talleres, seminarios, ateneos entre otras) que conformen los diseños o  Planes de Estudios de las carreras.

·         Se utilizará el sistema de calificación decimal de 1 (uno) a 10 (diez)                 puntos ( sin centésimos)

·         Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá obtener una calificación de 4 (cuatro) o más puntos para la acreditación con examen final .Para la acreditación sin examen final el estudiante deberá obtener una calificación  no menor a 7 (siete) puntos.

·         Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación por unidad curricular sin más límites que las respectivas correlatividades.

 

De la modalidad de cursada

 

1-Régimen de cursada presencial:

El estudiante deberá cumplir con los siguientes requerimientos:

·   Asistencia al 60%  de clases de unidades curriculares  en cada cuatrimestre

·   Asistencia al  80% de  prácticas de campo docente y profesional.

·   Aprobación de las instancias de evaluación previstas  en la cursada.

          La acreditación podrá resolverse:    

              a) Con examen final

              b) Sin examen final

 

2-  Régimen de estudiante libre

 

 

 

1-Régimen de cursada presencial

 

Requisitos para la aprobación de cursada presencial con examen final

 

§   60 % de asistencia en cada cuatrimestre

§   En asignaturas anuales: aprobar cada cuatrimestre con 4 puntos cada uno  (equivale al 60% de la resolución correcta)

·   En cada cuatrimestre debe haber por lo menos dos evaluaciones con nota, y al menos una de ellas será individual, escrita y presencial. CONSERVAMOS DEL PLAN ANTERIOR

 

Períodos de recuperación

 

§         La recuperación se establece tanto para los casos de alumnos que no aprobaren las evaluaciones de los cuatrimestres, como para aquellos casos que no alcancen el porcentaje mínimo de asistencia establecido

      ( contar con mínimo del 30% en el cuatrimestre a recuperar)

  • Con posterioridad a la finalización del período de cursada, se establece un período de recuperación en diciembre, previo a las mesas de exámenes finales y otro en febrero antes de la iniciación del turno de exámenes.
  • El alumno podrá recuperar en el periodo de diciembre un solo cuatrimestre (1° ó 2°).
  • En el caso de desaprobación en el período recuperatorio de diciembre, el alumno podrá rendir el cuatrimestre desaprobado en el período recuperatorio de febrero
  • En caso de tener  los dos cuatrimestres desaprobados al finalizar la cursada, deberá rendir prefinal en el período de recuperación de febrero.

 

 

Acreditación con examen final

 

Requisitos  para  el examen final:

·         aprobación de la cursada

·         aprobación del/las unidades curriculares  determinadas como correlativas en los planes de estudio.

·         inscribirse en cada materia  a rendir

·         aprobación de un examen final ante una comisión evaluadora. Esta evaluación final será calificada por escala numérica de 1 a 10. La nota de aprobación será con calificación igual o superior a 4 (cuatro) puntos sin  centésimos.

 

Turnos de acreditación

·         Se organizan tres turnos de acreditación final al año: diciembre (un llamado); febrero-marzo (dos llamados optando por sólo uno) y agosto (un llamado), con cuatro llamados anuales, distribuidos en los tres turnos mencionados. 

·         El alumno podrá presentarse a un llamado por turno. En caso de anotarse en el primer llamado y desista 48hs antes y comunicando al Sr Preceptor,  podrá anotarse en el segundo llamado.

·         Turnos intermedios de acreditación: La institución habilitará   turnos en mayo y setiembre para los alumnos que adeudan la última materia de carrera. Asimismo y ante razones debidamente fundamentadas el/los  alumno/s- mediante nota- solicitará/n  esta instancia evaluativa,  la cual deberá contar con acuerdo del CAI, para su otorgamiento[2]

CORRESPONDE AL QUINTO LLAMADO

 

Acreditación sin examen final

 

·         La institución podrá ofrecer   un sistema de acreditación sin examen final que no debe exceder del 30% de las unidades curriculares previstas por curso.

·         El docente es quién deberá  presentar ante el CAI una propuesta pedagógica para ser considerada como materia promocional. Los criterios, formas y dispositivos  a utilizar deberán estar exhaustivamente explicitados y debidamente fundamentados  para su aprobación.

·         El CAI será responsable de aprobar la propuesta presentada.

·         Son  condiciones institucionales  para  las cursadas promocionales :

           -todas las instancias  evaluativas serán individuales.

           - los estudiantes deberán aprobar un trabajo  integrador de los contenidos desarrollados durante la  cursada.

- En el caso de las Unidades Curriculares seleccionados para la acreditación sin examen final, los estudiantes deberán obtener  una calificación no menor a 7 (siete) puntos en cada una de las instancias parciales y de seguimiento, sin instancias de recuperación. Los estudiantes que no alcanzaren la calificación estipulada precedentemente y obtuvieran 4 (cuatro) puntos como mínimo, pasarán automáticamente al sistema de cursada con examen final

     

·   Cuando una unidad curricular sea aprobada por el CAI con cursada promocional, el estudiante podrá cursarla aún cuando adeude el examen final de las unidades curriculares correlativas. En caso de aprobación por promoción, su situación administrativa se regularizará cuando rinda los exámenes finales pendientes. En caso de pasar a la instancia de examen final, no podrá rendirlo hasta tanto no cierre con la instancia de finales adeudados.

·   . En ningún caso se puede modificar el régimen de asistencia del 60% ni  las situaciones de correlatividades establecidas por plan de estudio.

 

   2-  Régimen de estudiante libre

 

 Régimen de estudiantes libres

 

·               La modalidad de estudiante libre define que cada estudiante que debe cursar por primera vez una unidad curricular tiene derecho a inscribirse como tal dentro del porcentaje definido del 30%, quedando exceptuadas los seminarios, ateneos, talleres, prácticas docentes y prácticas profesionales

·         El porcentaje del 30% para modalidad libre puede ser superado por un mismo estudiante cuando se inscriba en unidades curriculares que deba recursar. En este caso no hay porcentaje máximo establecido.

·         En caso de las carreras a término, la institución otorgará la posibilidad de rendir como alumno libre a aquellos estudiantes que desaprobasen una cursada únicamente  en el ciclo lectivo siguiente a la  cursada regular presencial. POPUESTA INSTITUCIONAL YA QUE TODAS LAS CARRERAS SE DICTAN A TÉRMINO

·         PARA CORRELATIVAS OFRECER UNA CURSADA TUTORIAL (SIN EVALUACI0N PERO CON ASISTENCIA) Y QUE SE INSCRIBA COMO LIBRE Y LA RINDA CONSECUTIVAMENTE LUEGO DE APROBAR EL FINAL LIBRE DE LA CORRELATIVA QUE ADEUDA.

·         Quienes se inscriban con la modalidad libre, tiene los turnos de diciembre y marzo del año de la inscripción a la cursada para regularizar su situación académica, no pudiendo al año siguiente inscribirse en las correlativas si no ha acreditado con examen escrito y oral su situación en la unidad curricular en la que se inscribió como libre.

·         La modalidad libre es una situación de cursada sobre una unidad curricular que por definición en los diseños curriculares es de cursada anual, por lo tanto no puede regularizar situación en el llamado de agosto. Sólo es válida esa opción en el caso de unidades curriculares prescriptas en diseños curriculares como cuatrimestrales.

  • Deberán rendir con la propuesta pedagógica vigente al momento de su inscripción.
  • La evaluación final tendrá una instancia escrita y una oral. Se deberá aprobar la instancia escrita para pasar a la oral.
  • Para la acreditación final  requerirá la aprobación de ambas instancias con 4 puntos o más y la calificación resultará del promedio de ambas,  sin centésimos.

 

Validez de la cursada de cada unidad curricular

 

  • La aprobación de la cursada tendrá una validez de cinco años.

Pasados dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra  vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación. Se evaluarán todas las unidades de contenidos de la propuesta curricular  en una prueba escrita

 

Ingreso por  pase

 

  • Los estudiantes que ingresen por pase de otros establecimientos y que adeuden la acreditación final de una o más unidades curriculares, mantendrán la validez de la cursada pero deberán adecuarse a las condiciones fijadas en el Plan Institucional de Evaluación.

 

 

Correlatividades

 

  • Cada plan de estudio establece el régimen de correlatividades.
  • Se establece como requisito de correlatividades la aprobación de cursada por cursada y final por final.

 

Equivalencias

 

·         Se podrán acreditar Unidades Curriculares mediante el régimen de equivalencia.

·         Las equivalencias podrán comprender la Unidad Curricular completa (equivalencia total) o una parte de la misma (equivalencia parcial).

·         Equivalencia parcial: En este caso se implementará un trayecto de actualización de saberes Se trata de saberes acreditados en la misma institución (en planes anteriores al vigente o de otras carreras) o en otras instituciones del mismo nivel.

·         Para la solicitud de reconocimiento no podrá exceder los seis últimos años desde la fecha de acreditación final

 

1. Condiciones para solicitar equivalencias

           Para solicitar la acreditación por equivalencia, el estudiante deberá:

  • Solicitar mediante nota firmada, en la Secretaría del Instituto, antes de 31 de mayo el reconocimiento  de equivalencias.
  • Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y  el/los programa/s que corresponda/n, en el/los que conste carga horaria, contenidos y bibliografía, del/las unidades curricular/es en el/las que solicita equivalencia.  La documentación deberá estar debidamente certificada.
  • Cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.

 

2. Funciones de los equipos docente y directivo

           El equipo docente de la materia sobre la que se solicita equivalencia deberá:

·         Analizar las expectativas de logro u objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía, del Espacio Curricular a acreditar por equivalencia.

·         Emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o  parcial o bien del rechazo de la solicitud.

·         Si la acreditación es parcial, consignar los contenidos necesarios que permitan elaborar e implementar un trayecto de actualización.

·         Remitir a la Secretaría del Instituto toda la documentación de lo actuado.

 

El director refrendará lo actuado o bien solicitará una revisión o adecuación. La Disposición de equivalencia deberá ser  dictada antes de la finalización del mes de junio del mismo año. La Secretaría notificará fehacientemente al solicitante el resultado de las actuaciones.

 

Si la equivalencia es total, se registrará en el Libro de Equivalencias del Establecimiento con el formato de disposición o acta y en el certificado de estudios: APROBADA POR EQUIVALENCIA en “Observaciones”; en los espacios correspondientes a fecha y calificación, se registrará la fecha y la nota de aprobación en la institución de origen.

Si la equivalencia es parcial, el equipo docente determinará fecha de trabajos indicados o plazos para el cumplimiento de otras acciones complementarias.  Se acordará una entrevista consignando día y hora.  Las  actividades evaluativas previstas deberán resolverse antes de   la finalización del ciclo lectivo.

Deberá labrarse el acta respectiva de todo lo actuado en esta equivalencia parcial, notificándose al alumno.

 

En el Libro de Equivalencias del establecimiento se registrará la aprobación de la misma consignando APROBADO POR EQUIVALENCIA y la calificación numérica según correspondiere a la decisión tomada por el equipo docente.

 

En caso de reprobar las acciones complementarias o de no presentarse, se hará constar esta situación en el Libro de Equivalencias. En este caso se fijará una segunda fecha en un plazo no mayor de 30 días. Si nuevamente el alumno resultare desaprobado o estuviere ausente, la dirección del Instituto denegará la equivalencia mediante Disposición en el Libro de Equivalencias.

 

Promedio General

 

      Se obtendrá de la suma de todas las calificaciones de las Unidades Curriculares de la carrera, dividido por el número total de las mismas. No se tomarán los resultados de los promedios parciales de cada año, ni los aplazos.

 

 

 

 

 

 

 



[1] La concepción de Ingreso que se sustenta  implica un continuo acompañamiento metodológico y académico, con la finalidad que los estudiantes afiancen su trayectoria en profunda vinculación con el conocimiento en sus múltiples manifestaciones culturales.

 

[2] Razones debidamente fundamentadas:  por. Ej: fecha de parto coincidente con  examen final, enfermedad grave   personal o de familiar directo ( hijos, padres, esposo)

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publicado por Angela, el 27.07.2012 23:24
Hola, por favor solicito información sobre los tramos de formación pedagógica Agosto 2015. El año pasado no me permitieron hacer el tramo porque no tenia experiencia en educación y mi titulo es técnico, este año estoy dando clases en el plan fines y quiero hacer la capacitación. Gracias
publicado por Noelia, el 05.08.2015 12:08
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Stella Cavalli

Prof. en Filosofía y en Pedagogía. Especialista Provincial en Gestión institucional
Postítulo USAM en Sociedad,Educación e Institución Escolar
Directora ISFD 16 desde 1987

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